Jay Cutler has decided to postpone retirement for the chance to be Ryan Tannehill’s replacement.
Cutler agreed to terms Sunday on a contract with the Miami Dolphins, a person familiar with the situation said. The person confirmed the agreement to The Associated Press on condition of anonymity because the Dolphins weren’t expected to announce the deal until Cutler signed the $10 million, one-year deal.Alshon Jeffery Jersey
Cutler will compete with Matt Moore for a starting job while Tannehill remains out with a left knee injury that could sideline him for the entire season.
Dolphins coach Adam Gase was offensive coordinator for the Chicago Bears when Cutler had a career-best quarterback rating with them in 2015. Gase joined Miami in 2016, and Cutler parted with Chicago in March after eight seasons.
Cutler,Walter Payton Jersey 34, drew little interest in the spring as a free agent, perhaps partly because of his prickly personality and tendency for turnovers.
”I guess I know a different guy than what everybody else portrays,” Gase said in May, when Cutler was hired by Fox as an analyst to work on its No. 2 NFL team.
Tannehill, who missed the final four games of last season with two sprained ligaments in his knee, reinjured it a week into training camp Thursday.Kyle Long Jersey The damage is similar last year’s injury, a personal familiar with the diagnosis said, which has left the Dolphins consulting with specialists to determine whether surgery is the best option for Tannehill.
He’s expected to be sidelined a minimum of six weeks, but the deal with Cutler signals the Dolphins anticipate Tannehill will need a lengthier recovery.Kevin White Jersey
Cutler is 68-71 as a starter with a career quarterback rating of 85.7, 208 touchdown passes and 146 interceptions. Several NFL starting QBs are older, including New England’s Tom Brady,Danny Trevathan Jersey who just turned 40.
Moore turns 33 next week and has 28 starts in 10 seasons. Last year he helped the Dolphins clinch their first postseason berth since 2008, going 2-1 as a starter to end the regular season before a first-round playoff loss at Pittsburgh.
Gase gave Moore only a tepid endorsement Friday, saying: ”Right now Matt is our quarterback.”
Pequeño resumen de las condiciones legales de instalación de un colmenar
Artículos Legislación |

En el norte de España se combina un modelo de población ampliamente dispersa con una gran afición a la apicultura. Aquellas personas que mantienen unas pocas colmenas para su disfrute personal o el autoabastecimiento de la familia de su consumo de miel suelen ubicar sus colmenares cerca del entorno de sus viviendas. De esta manera es inevitable la proximidad entre estos emplazamientos y los lugares donde la población en general tiene que vivir o realizar sus actividades (viviendas, fincas, lugares de ocio y recreo, etc.).
Aunque la legislación sobre la identificación de colmenas, señalización de apiarios y distancias mínimas entre colmenares y emplazamientos con respecto a lugares públicos, viviendas, carreteras y caminos, etc., están establecidos por la legislación española, el desconocimiento de la misma hace que haya errores tanto en los apicultores (que creían que sus colmenas respetaban la ley) como en los denunciantes.
Aquí vamos a resumir cuáles son estas condiciones mínimas para la instalación de un colmenar.
1º Legalización de la explotación y rotulado de las colmenas:
Lo primero que hay que entender y aceptar es que para que unas colmenas puedan colocarse en algún sitio, la explotación tiene que estar dada de alta en el Registro de Explotaciones. Para ello (y de una manera resumida) tendrás que solicitar el alta de tu explotación en la Consejería de Agroganadería en Oviedo (o su equivalente en otra Comunidad diferente) o en la unidad veterinaria de tu zona. Deberás rellenar unos papeles y presentar unos mapas de la ubicación de las colmenas. Se necesitará un permiso del ayuntamiento al que perteneces, estando de acuerdo con el emplazamiento.
Una vez que la Administración nos da de alta en el Registro de Exploraciones, nos asignará nuestro número de explotación o Código de Explotación Agraria (CEA). Hay que rotularlo en cada una de las colmenas que tengamos en nuestra explotación. El tamaño, color, lugar o tipo de impresión no está indicado en la legislación. Simplemente tienen que ser marcas indelebles en lugar visible. Podría ser pintado o marcado a fuego (no vale que sean cartelitos colgados de las cajas).
Hay que tener presente que el número que nos han asignado no se escribe tal cual en la colmena. Explicaremos cómo se rotula.
El CEA que nos asignan es un número que consta de 12 cifras. Las dos primeras, corresponden al código de la provincia (Asturias es 33). Los tres siguientes números corresponden al concejo (municipio). Si el concejo solo tiene una cifra o dos, se rellenarán con ceros hasta las tres cifras. (Por ejemplo, el Concejo de Oviedo es 44, pero en el CEA se expresa como 044). Las siete siguientes cifras indican el número de la explotación dentro del concejo. Si este número no llega a las siete cifras se rellenará con ceros hasta que las tenga. (Por ejemplo, la explotación 4206 se expresará como 0004206).
De esta manera el CEA de esta explotación asturiana del concejo de Oviedo será la 33.044.0004206.
El CEA que rotularemos en las cajas está compuesto por los mismos números pero su orden está alterado. En primer lugar se colocarán las tres cifras pertenecientes al concejo. A continuación las dos que indican la provincia. Luego se escribe el número de explotación reducido a cuatro cifras (con ceros hasta las cuatro cifras si fuera necesario).
Por tanto, la explotación con CEA 33.044.0004206 se rotulará en las cajas como 044.33.4206.
La explotación 33.006.0000014 se rotulará como 006.33.0014.
2º Distancias mínimas
Lo segundo a tener en cuenta es que, aunque la propiedad sea nuestra, no podemos colocar las colmenas donde se nos antoje.
El Real Decreto 209 de 2002 dice que las colmenas deben de guardar ciertas distancias:
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400 metros a ciudades o pueblos y establecimientos públicos (por ejemplo, una piscina municipal o un polideportivo).
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100 metros a viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias (cuadras, naves de ganado,...).
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200 metros a carreteras nacionales.
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50 metros a carreteras comarcales.
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25 metros a caminos vecinales.
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En cuanto a pistas forestales, las colmenas se instalarán en los bordes sin que obstruyan el paso.
A la vista de estas distancias, aquí muy pocas colmenas se podrían colocar legalmente. Ahora bien, existen dos recursos para disminuir estas distancias y a ello también se refiere el Rd. 209/02.
Se puede reducir hasta la mitad de la distancia a las vías de comunicación siempre que las colmenas estén 2 metros por encima o por debajo de ellas. De manera que la cosa se reduce así:
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100 metros a carreteras nacionales.
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25 metros a carreteras comarcales.
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12’5 metros a caminos vecinales.
Si entre las colmenas y los lugares a los que se establecen las distancias (pueblos, carreteras,...) colocamos una cerca tupida de al menos 2 metros de altura para que las abejas remonten el vuelo sobre ella, las distancias a ellos se reducen hasta un 75%, quedando ahora estos metros:
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100 metros a ciudades o pueblos y establecimientos públicos.
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25 metros a viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias.
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50 metros a carreteras nacionales.
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12’5 metros a carreteras comarcales.
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6 metros a caminos vecinales.
3º Señalización de los colmenares
Ha existido una evolución con respecto a la obligatoriedad de la colocación de un cartel en los accesos de los colmenares advirtiendo de la presencia de abejas. En un principio, el Rd. 209/02 obligaba a la colocación de un cartel de tipo “Atención Abejas” en los accesos a las fincas.
Más tarde el Rd. 448/05 especificó que el cartel no es necesario si “la finca está cercada y las colmenas se sitúan a una distancia mínima de 25 metros de la cerca.”
Por último el Rd. 608/06 modifica el artículo del 209/02 donde se hablaba del cartel. El nuevo artículo no dice nada de él y por lo tanto su uso deja de ser obligatorio.
Como resumen, decir que lo mejor será mantener siempre una relación amistosa con nuestros vecinos, aunque podemos reclamar el derecho de ejercer nuestra profesión o afición tranquilamente si cumplimos con estas pequeñas condiciones (o quizás no tan pequeñas, eso depende). En caso de conflicto la última palabra siempre la tendrá el juez que medie en el proceso.
Ultima actualización (Jueves 17 de Noviembre de 2011 22:04)
Comentarios
Saludos.
Gracias
Sería muy recomendable que pudieras preguntar en la administración de tu provincia la legislación específica que pueda haber de esto ya que la legislación nacional no dice nada al respecto. En Asturias tampoco, es decir, el apicultor no está obligado a suministrar una fuente de agua. En caso de que en Sevilla ocurra lo mismo que aquí, lo que te recomiendo es que hables con el apicultor en cuestión y que intentes llegar a un acuerdo con él por el bien de los dos.
Un saludo y siento no poder ser de más ayuda.
Al igual que la persona que tiene el problema con la piscina me ha sucedido a mi. Lo que me gustaría saber es si se pueden poner colmenas en la linde justo pegando a tu terreno. Yo no tengo casa ni nada pero puse una piscina para los niños y aquello era horroroso, las colmenas están justo en la misma linde de mi terreno rústico con el de él pero claro las colmenas dentro de su terreno, gracias.
Por otra parte, cada comunidad o ayuntamiento puede tener legislación específica al respecto y deberías informarte en tu administración.
En estos casos, vale más llegar a un acuerdo cordial entre ambas partes.
Un saludo.
Gracias.
Aunque por cuestiones de convivencia yo te recomiendo que hables con el vecino.
Un saludo.
Gracias y un saludo.
Dependiendo de tu localización geográfica entonces y de las floraciones que haya en torno a tu colmenar la miel la podrás sacar antes o después. Te pongo un ejemplo en la provincia de Asturias:
a) Si tienes las colmenas en Gijón, probablemente después del castaño ya no quede ninguna floración de interés, por lo que la miel podría empezar a sacarse (por decir una fecha) a principios o mediados de agosto.
b) Si tienes las colmenas en la montaña de Lena, tendrás floraciones de Erica y Calluna en agosto y septiembre, con lo que la miel se podría sacar (por decir una fecha) a finales de septiembre o inicio de octubre.
Luego dentro de un mismo colmenar también variará en función de las condiciones concretas del año.
El grado de operculación de los panales también va a depender de otros factores, pudiendo retrasarse o ser incompleto por ejemplo por exceso de espacio de almacenamiento, poca cantidad de abejas en la colonia, fechas tardías, etc.
Ya ves que no se puede decir una fecha exacta (ni en esto, ni en nada relacionado con la apicultura) porque dependerá de un montón de factores y tú no puedes controlarlos todos.
No se si te he sido de ayuda. Si quieres que te concrete algo, no dudes en preguntar, pero te agradecería que abrieras nuevo tema en el foro para que yo pueda estar pendiente de ello.
Un saludo.
Un saludo
Esta semana ha ido el inspector de la consejería a mi colmenar para dar de alta las colmenas. Me ha denegado el permiso por que no guarda la distancia con una casa que hay en la finca. El caso es que la casa esta deshabitada; está arreglado el tejado y las fachadas para que no acabe cayéndose, pero es totalmente inhabitable, de hecho no vive nadie desde hace muchisimos años.
Según la legislacion, hay que guardar la distancia a casas habitadas, pero el inspector no lo ve así; he alegado en el mismo informe que hizo sobre el terreno.
a alguien se le ha dado el caso? tendré que buscar otro sitio?
Un saludo
Jose Luis
P.D.: Las colmenas estan en Cantabria
Un saludo
Enhorabuena por la web y sus contenidos
donde las quiero colocar esta a unos 150 metros de la parte mas cercana del camping pero e de decir que se situaria en una colina con una diferencia de altura de mas de 20 metros a la zona de acampada
que opinas ??
Creo que las abejas no van a dar ningún problema o molestia al camping... pero ....yo si fuera tú tendría en cuenta que, si por ejemplo las abejas (o una avispa descarriada) pican a alguien y te denuncian, el juez puede dictaminar que verdaderamente han sido tus abejas quien han provocado el accidente (cosa que aunque realmente no se pueda demostrar, es cosa del juez decidir si ha sido tu abeja o no). En resumen, si se dictamina que han sido tus abejas, la compañía de seguros con la que tienes contratado el seguro de responsabilidad civil puede darte problemas para hacerse cargo de la factura.
Por eso (yo si fuera tú), pondría una barrera física de al menos 2 metros de altura (que aunque no sirva de nada en este caso) te puede solucionar un problema en caso de denuncias.
Si no quieres poner valla, puedes colocarlas arrimadas a algún seto natural que pueda ya existir; árboles, cierres altos de fincas, etc.
Si respeto las distancias aunque sea un sitio concurrido ¿ tengo que tener alguna proteccion espècial por los alergicos ?
Otra cosa es que quieras tener un botiquín de emergencia con medicación específica por si acaso, pero eso es cosa tuya.
estoy interesado en iniciarme en la apicultura, me podrias indicar que permisos necesito para 10 colmenas?
En Asturias te van a pedir: permiso del ayuntamiento y documentación que te da la administración para que rellenes(ubicac ión del colmenar en Sigpac, datos referentes a la explotación que quieres iniciar como cuántas colmenas pondrás, qué orientación productiva les quieres dar, etc.).
Si no eres de Asturias, directamente pasa por la administración para que te digan qué cosas concretas necesitas.
te lo pregunto porque si estan en una colina las colmenas que esten mas alejadas de la baya quedara mas alta que la baya
no se si me esplique con claridad
de todas maneras muchas gracias
No le busques la lógica, que no la tiene.
Es en Toledo
Gracias
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